En Nicaragua, a raíz de los constantes incrementos del precio de los combustibles, uno de los precandidatos presidenciales opositores propuso la construcción de un puerto de aguas profundas en el Caribe. Según esta persona, su propuesta permitiría reducir los costos de almacenamiento y transporte del combustible en el país; esto propiciaría la anhelada reducción de precios. Dicha propuesta, también es recogida por el único candidato que a la fecha ha compartido públicamente su Plan de Gobierno; y dice que tal puerto se construiría en Bluefields.
La construcción de un puerto en el Caribe sería de harta utilidad para el país; tanto por la generación de empleos como por su relación con el precios del combustible, entre otros factores. Pero esta propuesta se recibe con cierta desconfianza porque se viene escuchando prácticamente desde el nacimiento de la vida independiente de Nicaragua. Sin ir tan largo, la administración sandinista ha anunciado la construcción de tal puerto al menos en tres ocasiones en los últimos catorce años.
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Si bien no se conoce con exactitud ─por falta de información pública─ el estado actual de la deuda pública, se sabe ha aumentado en miles de millones de dólares; por lo que la promesa de proyectos faraónicos, aún ante un eventual cambio en el Ejecutivo, se recibe con escepticismo.
Y es que no se hace falta ser especialista para saber que el diseño, construcción y operación de un puerto de aguas profundas requiere una elevada inversión. Recursos que tienen que salir de algún lado; lo que lleva a pensar que o bien salen directamente del Presupuesto General de la República o financiado mediante algún préstamo extranjero.
Pero hay una tercera vía, que en las últimas décadas ha sido adoptada exitosamente por muchos países; y es a través de la figura de la Asociación Pública Privada (Public Private Partnership) o “APP”.
Esta figura, con orígenes en la segunda mitad del siglo pasado, es definida por el Banco Mundial como: "un acuerdo entre el sector público y el sector privado; en el que parte de los servicios o labores que son responsabilidad del sector público son suministrados por el sector privado. Esto, bajo un claro acuerdo de objetivos compartidos para el abastecimiento del servicio público o de la infraestructura pública".
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Lo que las APP hacen es precisamente lo que países con el estado financiero como el de Nicaragua necesita. Ya que una de las características que diferencias a las APP de otras formas de contratación y licitación pública es, que la responsabilidad de obtener el financiamiento corre a cuenta del contratista privado. Dicho de otra forma, el Estado no es quien deberá invertir en la construcción de la obra, sino el concesionario, bajo la supervisión estatal.
Adicionalmente, no debe entenderse la APP como una forma de privatización; dado que el Estado sigue siendo dueño, tanto de la infraestructura como del servicio público que preste la parte privada. Es más, el Estado no solo es dueño; sino que tiene la obligación de fiscalizar el cumplimiento y la bienandanza de la ejecución de los términos contractuales.
De hecho, una vez concluido el término del contrato, el contratista tendría la obligación de entregar los activos inmóviles, propiedad y operación del puerto al Gobierno.
A propósito de la propuesta de los precandidatos, repasemos las características de algunos puertos de agua profunda que funcionan bajo el marco de una APP.
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El Puerto de Aguas Profundas de Kakinada, está ubicado en la costa este de la India, en la región de Andhra Pradesh. A finales del siglo pasado se dio en concesión bajo una APP, para su debida operación y mantenimiento; así como la construcción y ampliación de este por un período inicial de 20 años. Dentro del modelo de APP, se contempló que el concesionario cobrará directamente a los usuarios por la prestación de los servicio; debiendo pagar el 20 por ciento de los ingresos anuales al gobierno estatal.
La razón que llevó a la autoridad portuaria a dar en concesión el puerto de aguas profundas fue la falta de recursos y capacidades; esto impedía proveer de infraestructura para el funcionamiento pleno del puerto, fenómeno similar al nicaragüense. Tal decisión ha dado frutos en el aumento de las embarcaciones que usan su servicio. Pasaron de 555 en el 2004 a 3,755 en 2009; también creció el volumen de mercancías que se moviliza, pasó de 5.6 millones de toneladas en 2004 a 14.5 millones en 2009.
Debido al crecimiento del comercio, la Autoridad Portuaria dio en concesión bajo una APP el Puerto de Aguas Profundas de Lekki, ubicado en el estado de Lagos. La concesión fue por 45 años y al concesionario le corresponde la construcción, propiedad, operación y transferencia del puerto. Concesión valorada en dos mil millones de dólares. Y como en el caso anterior, la decisión obedeció a la incapacidad de satisfacer la demanda con la actual infraestructura y recursos.
Fue dado en concesión en 2016, bajo un modelo de APP por un periodo de 50 años. El Puerto de Aguas Profundas de Posorja en Guayaquil será el primero de su tipo en Ecuador; se estima que una vez que entre en plena operación, se convertirá en uno de los principales puertos de Sudamérica. Está valorado en 1,200 millones de dólares.
Nicaragua ha visto a lo largo de su historia un sinfín de propuestas que se las ha llevado el viento. Sin ir tan largo, el régimen de Daniel Ortega en los catorce años consecutivos que lleva en el poder, ha prometido innumerables proyectos faraónicos. Desde satélites, pasando por puertos de agua profunda, hasta el cuento chino del canal interocéanico.
No obstante, vale destacar que a finales de 2016 se aprobó la Ley 935, Ley de Asociación Público Privada. Su objetivo es regular la participación del sector público con el sector privado en la formulación, contratación, financiamiento, ejecución, operación y extinción de proyectos en Asociación Público Privada.
Los proyectos que podrían funcionar bajo la sombrilla de una APP van dirigidos a la provisión de infraestructura pública y de servicios públicos; con limitaciones tales como la establecida por el artículo 105 de la Constitución. Dicho artículo expresa que los servicios de educación, salud y seguridad social son deberes indeclinables del Estado. Igualmente, la regulación contempla que los proyectos podrán ser diseñados financieramente autosostenibles o subvencionados.
Los financieramente autosostenibles, serán aquellos en que los ingresos percibidos por la parte privada provendrán de las tarifas cobradas directamente a los usuarios. Los subvencionados serán los que en caso de ausencia de pagos de los usuarios; o cuando estos no sean suficientes para cubrir los costos del proyecto, requieran de recursos financieros del Estado. Estos podrán otorgarse en forma de transferencias o de garantías.
Envalentonado por este nuevo e importante marco jurídico, uno de los hijos de la pareja Ortega Murillo aseguró que le sacaría provecho. Identificó, presupuestó y publicó una serie de megaproyectos que podrían ejecutarse bajo la figura de la APP durante el quinquenio 2017-2021. Como se ha vuelto costumbre en esta administración, dichos proyectos quedaron solo en papel.
Por tanto, los precandidatos presidenciales deben considerar que en Nicaragua ya contamos con un marco jurídico; este no solo permitirá la construcción y operación de la tan necesitada infraestructura y prestación de servicios públicos. Sino que, por la propia estructuración de las APP, es la parte privada la que debe procurar los recursos financieros.
Pero no solo estos puertos podrían construirse bajo el marco de una APP. También proyectos como carreteras costaneras o ferrocarriles; siempre y cuando se identifique y estructuren proyectos que puedan contribuir al desarrollo socioeconómico del país. Para esto, la asesoría técnica de instituciones como el Banco Mundial será de mucho valor.
Siendo así, un nuevo gobierno no solo estaría promoviendo nuevas obras y servicios públicos; sino que podría destinar los recursos financieros que se ahorren para otras actividades de igual importancia. Tales como robustecer el sistema sanitario y educativo, la seguridad ciudadana, la eficiencia de los servicios públicos o promover los emprendimientos, por mencionar algunos ejemplos. Pero como ya es sabido, para atraer inversiones de esta magnitud se debe en primer lugar garantizar institucionalidad y seguridad jurídica.
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